Gerente Programa de Nuevas Tecnologias
ITDG América Latina
La
norma comentada tiene mes y medio de publicada y OSIPTEL no se ha
pronunciado al respecto. Este es sin duda un preocupante silencio.
Según
los indicadores oficiales, la apertura del mercado de
telecomunicaciones permitió desde 1994 a la fecha el crecimiento de la
tele densidad fija en el Perú de 2% al 7%, mientras que la tele
densidad móvil esta actualmente en más del 13%. Sin embargo aún la
mayoría de peruanos no accede de manera fácil a los servicios de
telecomunicaciones y esto se debe a la dificultad para que las empresas
existentes atiendan las zonas rurales aplicando las mismas reglas de
las que se aplica a las zonas urbanas y donde la concentración
poblacional permite hacer economías y ahorros de escala.
El
acceso a los servicios de telecomunicaciones en tanto facilita el
acceso a la información y posibilita la comunicación es considerado un
derecho humano y por lo tanto es deber del Estado garantizarlo.
Adicionalmente desde hace décadas esta demostrado que la expansión de
la red de telecomunicaciones genera externalidades positivas en todo el
conjunto de la sociedad.[3]
Los
mecanismos competitivos de mercado no proveen los incentivos
suficientes para que las empresas operadoras privadas atiendan demandas
de los usuarios en las zonas rurales, o en aquellas localidades donde
existen altos niveles de pobreza.
La
demanda por servicios de telecomunicaciones en el Perú es muy grande y
se encuentra actualmente insatisfecha. Es por ello que el Estado
peruano, debe generar los mecanismos para asegurar el Acceso Universal,
sea a través de una función subsidiaria -asignando los recursos
existentes; o estableciendo un marco normativo adecuado para la
regulación de las infraestructuras de la información en áreas rurales[4].
El
modelo seguido por OSIPTEL para determinar su actividad en el campo del
acceso universal[5]
es el que se puede denominar modelo de la “brecha real”, que es la
brecha entre la demanda potencial y la demanda actualmente cubierta a
partir de la mejora de la eficiencia del mercado[6].
La
Ley de Telecomunicaciones creó un fondo especial denominado "Fondo de
Inversión Privada en Telecomunicaciones - FITEL", el cual tiene por
objeto exclusivo que sus recursos sean utilizados para el
financiamiento de los servicios de telecomunicaciones en áreas rurales
o en lugares de preferente interés social[7].
Se orientaba así el Fondo a proveer mecanismos de financiamiento y
subsidio a operadores privados en aquellas áreas que el modelo
identificaba como zonas de déficit de acceso real.
OSIPTEL
recauda el 1% de los ingresos brutos del sector de las
telecomunicaciones para financiar el FITEL. Esta recaudación comenzó a
mediados de 1994, y al promediar 1998, fecha en que FITEL emprendió su
primer proyecto piloto, se habían recaudado más de 30 millones USD[8].
A la fecha no existe información oficial del dinero acumulado en el
fondo, ya que los registros auditados de las aportaciones al fondo
están recién evaluando el año 2000.
El
programa del FITEL se inició con el proyecto piloto de la Frontera
Norte (FITEL I), que fue seleccionado en mayo de 1998. Este proyecto
tenía carácter experimental y se utilizó para verificar la
aplicabilidad del programa. Hasta hoy el programa ha logrado conectar a
la red a cerca de 6,500 pueblos rurales reduciendo (según sus cálculos)
la distancia promedio al teléfono más cercano de 40 a poco mas de 5
kilómetros. Para ello se han utilizado 55
millones de dólares.
Es
importante señalar que para la adjudicación de los proyectos, FITEL
aplicó el principio de mínimo subsidio basado en el sistema de Output
Based Aid (OBA), un mecanismo para promover la participación privada en
el desarrollo de la infraestructura y la provisión de servicios.
Pero
el Fondo FITEL financia también proyectos piloto de telecomunicaciones
en zonas rurales. Estos proyectos tienen la característica de combinar
la participación del Estado, la empresa privada y la sociedad civil,
permitiendo también la innovación y la búsqueda de nuevas formas de
expandir las telecomunicaciones rurales. En las palabras del propio
FITEL: “Los proyectos piloto son ensayos a pequeña escala
de servicios y tecnologías que mediante el uso de las TIC puedan
generar impacto social en las poblaciones beneficiadas”[9].
Estos proyectos deben reunir también ciertas características que los
hagan novedosos e importantes de financiar:
A la
fecha FITEL ha financiado los siguientes proyectos:
|
Proyecto |
Descripción |
|
Sistemas
de Comunicaciones para Establecimientos Rurales de Salud - EHAS |
El
proyecto consiste en la implementación de un sistema de comunicación y
acceso a información para el personal público sanitario en 40
Establecimientos de Salud rurales de la provincia de Alto Amazonas,
departamento [10] |
|
Sistema
de Información para el Desarrollo Rural - ITDG |
Este
proyecto consiste en la implementación de centros de información
rurales (InfoCentros), en seis localidades de la Provincia de
Cajamarca. Dichos centros contarán con un sistema de información rural
diseñado.[11] |
|
Información
Agraria Vía Internet para Agricultores de la Junta de Usuarios del
Valle del río Chancay-Huaral - CEPES |
El
proyecto consiste en la implementación de un sistema de información
agraria, utilizando como base organizativa a las Comisiones de Regantes
integrantes de la Junta de Usuarios del Distrito de Riego del
Chancay-Huaral.[12] |
El
pasado 22 de Diciembre, se publicó el Decreto Supremo 040-2004-MTC que
platea modificaciones al Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley
de Telecomunicaciones del Perú[13].
Entre varias
modificaciones introducidas al Texto Único de la Ley de
Telecomunicaciones se crea el artículo 246-A que señala:
“Osiptel
presentará al Ministerio en el mes de enero de cada año un programa de
actividades el cual contemplará, como mínimo, la ejecución de dos (2) proyectos de telecomunicaciones de su propia
iniciativa para la atención de áreas rurales y lugares de preferente
interés social durante el año.
Asimismo, los concesionarios podrán presentar proyectos para
brindar servicios finales, tales como telefonía y acceso a Internet
rural al Osiptel solicitando para su financiamiento la asignación de
los recursos del FITEL para la atención de áreas rurales y lugares de
preferente interés social bajo el mecanismo de adjudicación directa.
Osiptel deberá pronunciarse sobre la solicitud en un plazo no mayor de
treinta (30) días a partir de su presentación y no podrá negarla sin
causa debidamente justificada, debiendo informar de ello al Ministerio.
Los proyectos antes mencionados no requerirán la aprobación
del Ministerio, siendo requisito para el acceso a este mecanismo, que
los concesionarios se encuentren al día en el pago de sus aportaciones
y se aplicará sobre los aportes efectuados a partir del año 2005.
La
asignación bajo el mecanismo de adjudicación directa antes mencionado
no excederá del monto aportado por el concesionario solicitante al
FITEL, a la fecha de la solicitud.
El Ministerio y el Osiptel dictarán las normas
complementarias para la aplicación de lo dispuesto en el presente
artículo, de ser el caso.”
La
exposición de motivos señala expresamente: “(…) las políticas respecto
al acceso universal y la administración del Fondo de Inversión en
Telecomunicaciones (FITEL) necesitan ser reforzadas a fin de cumplir
con los objetivos y prioridades del Ministerio”
Todos
los que hemos trabajado directamente con FITEL –en el caso de ITDG,
hemos sido beneficiarios directos del Fondo- hemos manifestado
públicamente lo difícil que se hacia el gestionar los recursos, lo
mucho que tomaba el proceso y como esa lentitud y complejidad del
proceso lo convertía en un desincentivo.
Por
ello podríamos afirmar en primer lugar que celebramos el interés por
agilizar y dinamizar el uso del Fondo. De hecho ya los lineamientos de
política para promover un mayor acceso a los servicios de
telecomunicaciones en áreas rurales y de preferente interés social
(D.S. Nº 049-2003-MTC) eran un buen indicador. Esta nueva disposición
obliga a FITEL a elaborar por lo menos dos proyectos por año, lo cual
pone una exigencia razonable al equipo que gestiona el fondo.
Sin
embargo, nos preguntamos con el mismo entusiasmo ¿por
qué no se flexibilizan los requisitos de los proyectos? ¿Por qué MTC
exige requisitos de inversión pública (SNIP) a proyectos que implican inversión privada? ¿Por qué aplicar los mismos
criterios para proyectos piloto?
Pero
la norma va más lejos y es allí donde las amenazas se hacen evidentes:
se permite a los operadores (concesionarios de telecomunicaciones)
presentar proyectos directamente y solicitar para su financiamiento
todos los fondos aportados por dicho operador al Fondo. Esto deja sin
piso el uso del modelo de mínimo subsidio sustentado en las OBA y que
ha motivado que FITEL sea observado con mucho interés por diferentes
organismos internacionales y haya servido de modelo para otros Fondos
de Acceso Universal en diversas partes del mundo.
La
norma comentada podría leerse como una renuncia a orientar la política
de Acceso Universal, dejándola en manos del mercado y sus intereses
comerciales más inmediatos. Los operadores van a presentar proyectos
para financiar inversiones que se acomoden mejor a sus planes de
expansión comercial y no a las necesidades de la población en zonas
rurales o de pobreza. El MTC ha renunciado a su potestad de aprobar los
proyectos y por lo tanto de orientarlos hacia los intereses del Estado.
Finalmente,
la amenaza concreta de esta norma es la desaparición del Fondo mismo,
pues las empresas operadoras preferirán, sin duda, presentar proyectos
propios de inversión que les permita usar esos fondos, o presentaran
planes de inversión que incluyan esos fondos y por lo tanto ya no
aportarán el 1% correspondiente.
Una
pregunta inevitable es si esta no ha sido la formula que ha encontrado
el MTC para zanjar el conflicto de intereses entre la Oficina de
Proyectos y el FITEL. Sea cual fuera la respuesta a esa pregunta, la
norma ya esta en vigencia y la amenaza a la sobrevivencia de FITEL es
real.
La
desaparición del Fondo sin duda no redundará en más y mejor inversión
en las zonas más pobres del Perú, pues aún en los modelos económicos
más liberales, se reconoce la incapacidad del mercado para atender las
demandas de aquellos que por su situación de marginación, aislamiento y
pobreza no son parte del mismo.
FITEL,
con sus errores y sus aciertos ha cumplido un papel innegable en la
expansión de las telecomunicaciones rurales en el Perú y ha tenido la
apertura para trabajar con operadores de telecomunicaciones, entidades
públicas y sociedad civil, en modelos de trabajo que nos han permitido
avanzar hacia el desarrollo de zonas muy pobres de nuestro país.
Sabemos
la opinión de Rural Telecom al respecto no fue tomada en cuenta por el
MTC, cuando alertó que “Telefónica del Perú S.A.A. es el mayor
generador de ingresos en telecomunicaciones en el país, por tanto el
mayor aportante a los fondos de FITEL. Con esta
propuesta se estará posibilitando a la empresa dominante a ser la única
en desarrollar proyectos de importancia en las áreas rurales, muchos de
los cuales pueden representar una competencia desleal contra los
operadores rurales ya existentes y acentuando la situación monopólica
de las telecomunicaciones en el país.” Rural telecom añade, en los
comentarios que alcanzó oportunamente al MTC, que “Con este modelo se
impide el desarrollo de pequeños operadores rurales, cooperativas y
otros, tan desarrollados en otros países de la región, en beneficio del
operador dominante.” Lo cual iría en contra de las políticas para el
desarrollo de telecomunicaciones rurales dictadas por el propio MTC en
el D.S. Nº 049-2003-MTC
Seria
interesante, también, saber como evalúan los otros operadores rurales y
los miles de peruanos que hoy tienen un mejor acceso a las
telecomunicaciones sobre la desaparición del FITEL . Habría que
preguntar a las postas de salud en la selva, o a las comunidades de
Cajamarca y Huaral, beneficiarias de FITEL, qué piensan de esta norma
que en la practica desaparece el Fondo que ayudo a financiar sus
proyectos.
Decía
al empezar, lo reitero ahora, me preocupa el silencio de OSIPTEL. Esta
norma publicado el 22 de Diciembre amenaza directamente una de sus
gerencias mas estratégicas y no puede quedarse mas tiempo sin
pronunciarse
Este
artículo buscaba llamar la atención sobre la norma que parece condenar
a la desaparición el FITEL, sin embargo puede ser visto también como
una invitación a una reflexión colectiva sobre el por qué se debe
mantener un Fondo para el Acceso Universal independiente de los
intereses políticos de corto plazo
Esa
reflexión a la cual invitamos debe ayudarnos a estar vigilantes
respecto de los mecanismos que el MTC y el propio OSIPTEL den para
implementar la disposición comentada. Estoy seguro que colectivamente
tendremos más posibilidades para aportar en soluciones que impidan la
desaparición del Fondo.
[3] * The telephone system as a public good:
Static and dynamic aspects / R. Artle
y C. Averous. En: Bell Journal of Economics, vol. 4, 89-100.
* Análisis de los Servicios de
Infraestructura Rural y las Condiciones de Vida en las Zonas Rurales de
Perú / Máximo Torero y Javier Escobal. Lima:
Grade, 2004. http://www.grade.org.pe/infraestructura/doc2analisis.pdf
[4] Regulación
legal peruana de las infraestructuras de la información en áreas
rurales / Alejandro Moscol Salinas. Ponencia preparada para el II
Congreso Latinoamericano de Derecho Informático, Facultad de Derecho
Universidad Lomas de Zamora - ALFA REDI - Dominiuris. "Políticas de
Estado y Marco Regulatorio de la Sociedad de la Información". 2,3,4 5
de diciembre de 2003, Buenos Aires, Argentina
http://www.alfa-redi.org/upload/revista/121003--0-49-rural.pdf.
[5] Edwin San Roman / Developing access to the
Information society in Latin America: The case of Peru. Ponencia
presentada en el IV World Congress of Computer Law (15/10/2004).
http://www.itu.int/ITU-D/ict/mexico04/doc/doc/22_per_e.ppt
[6] Filling the market efficiency gap: lesson
learned from the mobile sector and how to identify the true access gap
/ Sonja Oestmann. Presentado en: ITU Global Symposium for
Regulators, Geneva, 8-9 December, 2003.
http://www.itu.int/ITU-D/treg/Events/Seminars/2003/GSR/Documents/Sonja_Oestmann_4.pdf
[7] http://www.fitel.gob.pe/documentos.php?ID=PAG-02&tipo=H&pagina=contenidos/archivos/Fitel_english.pdf